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junio 22, 2023

Cámaras de vigilancia en tienda: la legislación

Article written by: El equipo de Veesion

En Francia, la instalación de cámaras de vigilancia en las tiendas está supervisada por una normativa estricta que tiene como objetivo garantizar la protección de la privacidad y de los datos personales de las personas grabadas. Esta normativa incluye varios puntos. Se los presentamos en detalle.

La obligación de informar

El primer punto de la normativa sobre la videovigilancia en las tiendas atañe a la obligación de informar a los clientes y a los empleados de la presencia de cámaras. Esta medida aspira a proteger la privacidad de las personas grabadas.

En virtud de esta obligación, cualquier tienda debe anunciar de manera visible y clara la existencia de cámaras de vigilancia en la entrada de la tienda, así como en las zonas vigiladas. Los carteles deben ser fácilmente legibles e incluir la información sobre la finalidad de la vigilancia, los datos recopilados, el responsable del tratamiento de los datos, los derechos de las personas grabadas.

Además, la normativa para la videovigilancia impone que las tiendas informen también a la CNIL (Comisión nacional de informática y de las libertades) de la instalación de cámaras de vigilancia. Esta obligación permite a esta comisión controlar la legalidad de la vigilancia y garantizar la protección de los datos personales de los empleados y clientes.

Limitación de las zonas vigiladas

Está prohibido colocar cámaras de vigilancia en los espacios privados como los baños, vestuarios o despachos.

Las zonas vigiladas deben estar claramente delimitadas y justificadas por motivos de seguridad o de prevención de robos. Esta limitación es importante para evitar cualquier abuso y garantizar la proporcionalidad de la medida de vigilancia. Las tiendas no pueden justificar la videovigilancia en las zonas en las que no existe riesgo demostrado o de necesidad real.

Las cámaras también deben estar orientadas de forma que limiten al máximo la recopilación de datos personales no pertinentes. Es decir, evitar capturar imágenes de transeúntes o de clientes que no están implicados en las actividades de la tienda.

Tiempo de conservación de las imágenes

Las imágenes captadas por la videovigilancia en tienda solo se pueden conservar durante un periodo de 30 días máximo.

Esta limitación está destinada a garantizar el respeto de la privacidad de sus clientes y a evitar cualquier uso abusivo de los datos recopilados.

La conservación de las imágenes debe, además, estar justificada por motivos de seguridad. Las tiendas no pueden conservar las imágenes de forma arbitraria o sin justificación válida.

Derecho de acceso y rectificación

Las personas grabadas tienen el derecho de acceder a las imágenes que les afectan, y de solicitar su rectificación si son inexactas, están incompletas o caducadas.

Este derecho es esencial, ya que permite que las personas controlen el uso que se hace de sus datos personales.

Las personas deben estar informadas de las modalidades de ejercicio de este derecho, y las tiendas deben responder de forma rápida y eficaz a las solicitudes formuladas. Se recomienda proponer y enviar una copia de las grabaciones a las personas que lo solicitan para evitar su desplazamiento al lugar.

Seguridad de las imágenes y de los datos recopilados

Para garantizar un nivel de seguridad adaptado al riesgo, se deben poner en marcha medidas técnicas apropiadas. El visionado de las imágenes puede realizarse por personas habilitadas específicamente, y se debe tener un registro preciso para mencionar las grabaciones realizadas, la fecha de destrucción de las imágenes, y eventualmente la fecha de su envío al tribunal, en caso necesario.

Medidas que se deben tomar antes de instalar un sistema de videoprotección

Para facilitar la instalación de su sistema de videovigilancia, le presentamos los distintos pasos a seguir para cumplir con la legislación:

  • Presentar una solicitud de autorización ante el prefecto para la instalación de su sistema de videoprotección.
  • Realizar una evaluación de impacto de protección de los datos (AEPD) para evaluar la necesidad y la proporcionalidad del dispositivo.
  • Informar al público de la instalación de un sistema de videoprotección mediante colocación de carteles o letreros que incluyan la información requerida.
  • Limitar el tiempo de conservación de las imágenes al necesario con respecto a la finalidad perseguida.
  • Garantizar la seguridad de los datos tratados mediante la implementación de medidas técnicas y organizacionales apropiadas.
  • Responder a las solicitudes de derecho de acceso de las personas grabadas.

Legislación para las cámaras de vigilancia en tienda: una obligación que no debe tomarse a la ligera

El uso de cámaras de vigilancia en tienda puede ser útil para mejorar la seguridad de los bienes y personas. En Veesion, le proponemos incluso productos de seguridad aún más eficaces que los equipos de videovigilancia clásicos  gracias a la IA.

Sin embargo, su uso debe estar supervisado por normas estrictas para garantizar la protección de los derechos de las personas. Es esencial cumplir las leyes y las normativas en vigor en este ámbito para evitar cualquier sanción.

De hecho, la ley prevé multas y sanciones muy fuertes en caso de incumplimiento de la privacidad ajena.

Lo más importante es, por lo tanto, encontrar un buen equilibrio entre la necesidad de proteger los derechos individuales de sus clientes y la de proteger su tienda contra los robos en establecimiento comercial.

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